LICENCIAS DE USO O FRANQUICIAS ANTE EL IMPI

LICENCIAS DE USO O FRANQUICIAS ANTE EL IMPI

La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial contempla que se pueden otorgar licencias de uso o franquicias a terceras personas para que ellos puedan explotar la marca, aviso comercial o nombre comercial, como si fuera el propio titular, sin que ello le ocasione un menoscabo al verdadero titular de dichos derechos o desate alguna controversia legal.

En los últimos tiempos, estos permisos han ido teniendo mayor auge ya que se considera que las franquicias son una manera rápida y conveniente de involucrarse en el mundo comercial, de alguna manera se explota la marca que ya es conocida, por lo tanto, no es como comenzar de cero a darse a conocer, si no que ya se tiene un precedente de lo que se va a ofrecer en esa franquicia.

Para explotar estos derechos, se puede realizar a través de una licencia de uso o a través de una franquicia, en el caso de la primera, únicamente se autoriza usar el signo distintivo de la marca, aviso o nombre comercial y en el caso de la franquicia se concede la información necesaria para que puedan producir, vender o prestar servicios propios de la marca y dicha información deberá ser guardada con extrema confidencialidad por parte del franquiciatario durante la vigencia del contrato y aún después de terminado éste. La intención de que se les proporcione toda la información, métodos o asistencia técnica, es para que se ofrezca lo mismo en las franquicias y de esta manera no se desprestigia la marca con un mal servicio o producto.

El otorgar estos derechos de explotación también ayuda a hacer crecer tu negocio, por lo que te sugerimos contar con asesoría especializada para que protejas bien tus derechos y evites que un tercero se beneficie de tu negocio.


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Magnolia Blanco

Abogada egresada de la UNAM. Experiencia en derecho laboral, corporativo y propiedad intelectual.