MARCAS REGISTRADAS POR EXTRANJEROS

MARCAS REGISTRADAS POR EXTRANJEROS

Es una pena aceptar y estar en posibilidades de afirmar que en nuestro país muchas personas se dedican a registrar marcas extranjeras para que en el momento en que los titulares de las mismas busquen expandir sus mercados en México, tengan que lidiar con ellos y llegar a un precio para poder utilizar una marca que les daba derechos en su país, pero que aquí al estar registrada por un titular distinto, sitúa al titular de la marca en una posición de extorsión que deriva en el pago exorbitante de cantidades para poder utilizar su marca, ya que la intención inicial de éstos piratas es lucrar.

 

Después de haber expuesto esta situación, ahora a los mexicanos nos sucede lo mismo, ya que a últimas fechas marcas de gran renombre en México y en el extranjero, son registradas en países como China y los titulares no saben como frenar ésta situación, razón por la cual es preciso que todos los propietarios de derechos marcarios que posean presencia internacional, busquen expandir la protección encontrada en México hacia el exterior.

 

A la fecha se han firmado numerosos tratados que buscan la protección de las marcas a nivel internacional, sin embargo la legislación en ésta materia aún deja mucho que desear ya que los casos que se han mencionado siguen sucediendo, es importante destacar que las marcas brindan una protección por país y la única forma de extender dicha protección es a través del derecho de prioridad el cual puede ser argumentado siempre y cuando se busque dicha protección en los países que forman parte del tratado en cuestión.

 

En materia de legislación de marcas, México ha avanzado de forma paulatina, sin embargo, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial cada día establece más mecanismos de control para poder evitar que cualquier persona se adueñe de registros que no le corresponden, el usar una marca es de suma importancia, ya que el pirata únicamente la registra esperando que el titular original la quiera recuperar y pagarle, pero claramente no la usa, razón por la cual la misma puede ser declarada caduca por no uso después de un periodo de tres años habiendo presentado la solicitud administrativa de caducidad.

 

Considero que es menester que las empresas estén conscientes del registro de sus marcas a nivel internacional siempre que así lo requiera su negocio, pero sobre todo que el registro de sus marcas es un activo intangible sumamente importante.


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Paulina Barroso

Abogada egresada de la Universidad Iberoamericana con experiencia en derecho corporativo y propiedad intelectual