LA SUBCONTRATACIÓN Y LA NUEVA REFORMA LABORAL

LA SUBCONTRATACIÓN Y LA NUEVA REFORMA LABORAL

En días pasados se aprobó la iniciativa de reforma para regular la subcontratación en la Cámara de Diputados en la Cámara de Senadores.

Lo anterior quiere decir que la reforma ha sido aprobada en su totalidad, restando únicamente, para su entrada en vigor, su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo que se estima pasará el 1 de mayo o antes.

Los puntos principales de la multicitada reforma son:

  1. Prohibición de la subcontratación de personal.
  2. Se permite la subcontratación de servicios especializados.
  3. Registro de personas físicas y morales que presten servicios de subcontratación especializados.
  4. Límite en el pago del reparto de utilidades (tres meses de salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años).
  5. Sanciones a quienes contravengan lo dispuesto en la reforma (responsabilidad solidaria, no deducibilidad y acreditamiento, y multas).

Todas las anteriores reformas implican que las sociedades que subcontrataban éstos servicios deben dejar de hacerlo a la brevedad o registrarse como empresas que efectivamente den servicios especializados, lo interesante es que los mortales tienen tres meses para regularizarse y el gobierno hasta el 2022, que interesante un año más para seguir saqueando.


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Paulina Barroso

Abogada egresada de la Universidad Iberoamericana con experiencia en derecho corporativo y propiedad intelectual