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El registro de una marca es un procedimiento clave para proteger la identidad de un producto o servicio en el mercado. Sin embargo, no todas las solicitudes son aprobadas, ya que la legislación en materia de Propiedad Industrial (PI) consagra una serie de impedimentos que pueden obstaculizar el registro de signos distintivos que contengan esas prohibiciones. Más allá de alarmar a las empresas o a los emprendedores, conocer estos impedimentos se convierte en una herramienta esencial para que la marca cumpla con los requisitos legales y evitar la negativa de concesión.
A raíz de la reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en agosto de 2018, cambió la forma en la que entendíamos el sistema marcario en México. Entre las modificaciones más significativas que se realizaron, fue el fortalecimiento del catálogo de impedimentos. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) es la autoridad encargada de realizar estudios a solicitudes de registro de marca, con el objetivo de verificar su viabilidad, es decir, para determinar que una nueva marca no sea idéntica o semejante en grado de confusión a otras preexistentes.
El artículo 173 de la Ley en comento establece los impedimentos para el registro de marcas. De los que se destacan los siguientes:
En caso de que el IMPI detecte alguno de estos durante el trámite, el solicitante tiene la oportunidad de presentar argumentos o realizar modificaciones para superar tales requerimientos. Pero si éste persiste, la solicitud puede ser rechazada.
Si bien la ley consagra otros impedimentos, los mencionados se presentan con frecuencia. En conclusión, identificar y evaluar estos criterios reduce los riesgos, evita contratiempos en el proceso y asegura el registro de manera efectiva. Una estrategia legal adecuada y un análisis previo pueden marcar la diferencia entre el éxito o fracaso de un registro.
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