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El derecho exclusivo se otorga mediante distintas figuras jurídicas, según el tipo de creación:
Este derecho puede pertenecer tanto a personas físicas como morales, es transferible y, como regla general, corresponde al inventor. En creaciones conjuntas, el derecho es común, y cuando existen solicitudes concurrentes, prevalece quien presente primero la solicitud ante la autoridad competente.
Asimismo, la ley presume como inventor a quien figure en la solicitud, reconociéndole un derecho irrenunciable a ser identificado como tal, con independencia de la titularidad patrimonial del derecho. En el caso de creaciones realizadas en el marco de una relación laboral, se estará a lo dispuesto por la legislación laboral o el convenio aplicable.
¿Qué es el derecho de prioridad?
El derecho de prioridad permite al solicitante presentar solicitudes posteriores dentro de los plazos legales, sin que hechos ocurridos después de la primera presentación afecten la novedad o validez de la creación.
En términos prácticos, este derecho protege al creador frente a divulgaciones, solicitudes de terceros u otros actos realizados con posterioridad a la solicitud inicial, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Requisitos para reclamar el derecho de prioridad
Para que la prioridad sea válida, es indispensable cumplir con requisitos formales estrictos, entre ellos:
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos provoca la pérdida del derecho de prioridad, sin posibilidad de corrección posterior.
Prioridades múltiples: alcance y límites
La ley permite que en una sola solicitud se reclamen prioridades múltiples, es decir, que una solicitud se apoye en dos o más solicitudes anteriores, siempre que:
Es fundamental tener en cuenta que el derecho de prioridad únicamente protege aquello que haya sido expresamente divulgado en la solicitud anterior. Cualquier elemento nuevo quedará sujeto a evaluación sin el beneficio de la prioridad.
En RMEM asesoramos a creadores y empresas en la correcta estructuración de sus solicitudes, el aprovechamiento adecuado del derecho de prioridad y la protección integral de sus activos de propiedad industrial, minimizando riesgos y fortaleciendo la seguridad jurídica.