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Sociedades de Gestión Colectiva: administración eficaz de los Derechos de Autor

2 junio, 2025

Sociedades de Gestión Colectiva: administración eficaz de los Derechos de Autor

La protección de los Derechos de Autor es un eje fundamental dentro del sistema de Propiedad Intelectual (PI), ya que garantiza a los creadores el control y reconocimiento jurídico y económico sobre sus obras. Ante la complejidad que implica la explotación de sus creaciones, surgen las Sociedades de Gestión Colectiva (SGC) como entidades que facilitan la administración y el ejercicio de los derechos patrimoniales de los autores y titulares de derechos conexos.

De conformidad con la Ley Federal del Derecho de Autor, los autores tienen derecho a percibir regalías por la transmisión y comunicación pública de sus obras. Dicho pago puede realizarse directamente al autor o, cuando así se acuerde, a través de una SGC. Estas sociedades actúan como intermediarios facultados para negociar tarifas, recaudar ingresos y ejercer acciones legales en representación de sus miembros, así como ejercer acciones legales cuando sea necesario.

La relación entre el autor y la SGC se basa en un acuerdo de voluntad, lo que implica que los creadores pueden conservar la libertad de gestionar sus derechos de forma individual o por conducto de un apoderado, siempre que no hayan otorgado un mandato a la sociedad. En caso de afiliación, los miembros deben conferir un poder general que permita a la SGC actuar legalmente en su nombre y estar avalados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).

Las obligaciones de estas entidades son amplias: proteger los derechos morales y patrimoniales de sus miembros, transparencia en la gestión de los recursos, facilitar el acceso a la documentación relacionada con las regalías, entre otras. Su labor no es solo jurídica, sino también administrativa y ética.

Frente al avance de las tecnologías digitales, su modelo tradicional de gestión colectiva enfrenta desafíos sin precedentes. La proliferación de plataformas de contenido y la distribución transfronteriza, exigen la modernización de las SGC, a través de sistemas de monitoreo digital en plataformas. Adaptarse a estas exigencias es una necesidad para que las sociedades continúen siendo eficaces en la defensa del patrimonio creativo y responda a una remuneración justa en los nuevos modelos de consumo.

De esta manera, los Derechos de Autor y las SGC no solo están vinculados por un marco jurídico, sino por un mismo objetivo: garantizar que los creadores reciban una retribución justa y efectiva por el uso de sus obras, para lo cual es necesario contar con una administración moderna, profesional y comprometida.

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Paulina Barroso

Abogada egresada de la Universidad Iberoamericana. Experiencia en propiedad intelectual y derecho corporativo.

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