LICENCIA DE USO O FRANQUICIA ANTE EL IMPI

LICENCIA DE USO O FRANQUICIA ANTE EL IMPI

La Ley de la Propiedad Industrial contempla que se pueden otorgar licencias de uso o franquicias a terceras personas para que ellos puedan explotar la marca, aviso comercial o nombre comercial, como si fuera el propio titular, sin que ello le ocasione un perjuicio o menoscabo al verdadero titular de dichos derechos o desate alguna controversia legal.

En los últimos tiempos, estos permisos han ido teniendo mayor auge ya que se considera que las franquicias son una manera rápida y conveniente de involucrarse en el mundo comercial, de alguna manera se explota la marca que ya es conocida, por lo tanto, no es como comenzar de cero a darse a conocer, si no que ya se tiene un precedente de lo que se va a ofrecer en esa franquicia.

Para explotar estos derechos, se puede realizar a través de una licencia de uso o a través de una franquicia, en el caso de la primera, únicamente se autoriza usar el signo distintivo de la marca, aviso o nombre comercial y en el caso de la franquicia se concede toda la información y métodos necesarios para que puedan producir, vender o prestar servicios propios de la marca y dicha información deberá ser guardada con extrema confidencialidad por parte del franquiciatario durante la vigencia del contrato y aún después de terminado éste. La intención de que se les proporcione toda la información, métodos o asistencia técnica, es para que se ofrezca lo mismo en las franquicias y de esta manera no se desprestigia la marca con un mal servicio o producto.

Como ya lo habíamos comentado en artículos previos, como por ejemplo en el de “Licencias y transmisión de derechos”, para que surta efectos este convenio, mismo que deberá cumplir con los requisitos y formalidades que establece el Código Civil para el Distrito Federal, éste deberá inscribirse ante el IMPI, con la forma IMPI-00-004, la cual podremos encontrar en la página del Instituto y contendrá los requisitos que mencionamos en el artículo mencionado con antelación, el cual puede ser consultado en nuestra página.

Para poder inscribir de la licencia y franquicia, es necesario que el registro o publicación se encuentren vigentes o se encuentren en trámite, de lo contrario el IMPI estará facultado para negar dicha inscripción.

 

Magnolia Blanco Quiroz


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Magnolia Blanco

Abogada egresada de la UNAM. Experiencia en derecho laboral, corporativo y propiedad intelectual.