EL PLAGIO EN MÉXICO

EL PLAGIO EN MÉXICO

El plagio se define como la copia de obras ajenas, ya sean completas, o una parte sustancial de las mismas, adjudicándolas como propias.

La información que copiamos, es propiedad de otra persona, así sea información que encontremos en Internet o en libros, aún siendo información de fácil acceso, no dejan de ser ideas pertenecientes a otra persona, misma que muchas veces puede ser utilizada, pero con el permiso del autor, o en el caso de trabajos de investigación, siempre que se cite al autor y se ponga en nota de página los datos de donde se obtuvo dicha información, es decir, la fuente de consulta.

Se consideran formas de plagio:

  • Realizar una copia idéntica de una obra, creación de alguien más.
  • Copiar una parte significativa del texto, sin necesidad de que ello represente la totalidad de la obra.
  • Realizar dicha copia adjuntanto el nombre de la persona que la está copiando o simplemente no citar al autor de la obra.
  • También se considera un caso de plagio, el hecho de intentar citar al autor de la obra, pero hacerlo de manera errada o al omitir algún dato de la fuente de la información.

 

La mayoría de las comisiones de plagio, se dan en los trabajos de investigación o en la realización de tesis, se cree que es porque no se verifica al cien por ciento la veracidad de la información que se está presentando y por esa razón, pocos han sido los casos que se han detectado en las escuelas, porque si pusiéramos atención a todos estos trabajos, seguro encontraríamos en el 60% de éstos, casos de plagio.

Esta es una situación que debemos cuidar, muchas veces se toma a la ligera o tal vez no se desea cometer plagio, por esa razón debemos de tener cuidado al momento de citar alguna obra o frase, ya que el hecho de hacerlo de manera incorrecta, o por creer que es sólo una frase y no citarla, esto es razón de castigo.

Como tal, la palabra “plagio” no se encuentra regulada en nuestras leyes y no hay mucho material para poder tomar represalias al respecto, la mayoría de las veces que se comete este delito y es detectado, se castiga dependiendo los reglamentos o decisiones internas de la dependencia donde se cometió, en la mayoría de los casos, si son personas que se encuentran en un puesto directivo o en cualquier cargo que ocupen, se pide su destitución y en muchos casos ellos ofrecen su renuncia.

En nuestro país, el Código Penal Federal, menciona en su Título Vigésimo Sexto, llamado “De los Delitos en Materia de Derechos de Autor”, las penas correspondientes a aquellas personas que utilicen de forma dolosa, con fines de lucro o sin la autorización que corresponde, cualquier obra que se encuentre protegida por la Ley Federal del Derecho de Autor, estas penas son multas o prisión, según corresponda.

Es por eso que siempre se insiste en que registremos nuestras obras, marcas, patentes, etcétera, para que de esta manera podamos evitar cualquier copia de éstas, o en caso de que se realice dicha copia, podamos ejercer los derechos de los que somos titulares y exigir se castigue a la persona que usurpo estos derechos.

 

Magnolia Blanco Quiroz


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Magnolia Blanco

Abogada egresada de la UNAM. Experiencia en derecho laboral, corporativo y propiedad intelectual.