CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

Cuando te encuentras en el proceso de la constitución de una sociedad, a veces te enfrentas con un proceso tardado o tal vez para algunos bolsillos puede resultar un trámite caro, pero si alguna vez has escuchado hablar de las Sociedades por Acciones Simplificadas, entérate que puedes constituirla en un mismo día y de manera gratuita, ¡Claro! Siempre y cuando cumplas con una serie de requisitos.

Acerca de la Sociedad por Acciones Simplificada.

Esta Sociedad se encuentra regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles, y dicha ley la define como aquella constituida por una o más personas físicas que van a responder hasta por el pago de sus aportaciones, las cuales se van a encontrar representadas como acciones.

Limitantes que aplican a la Sociedad por Acciones Simplificada.

La ley en mención regula una serie de limitaciones que debe respetar la constitución de esta sociedad, como lo son:

  • Las personas físicas que participan en esta sociedad, no podrán ser accionistas al mismo tiempo de alguna otra sociedad, siempre que su participación implique tener el control de esa otra sociedad o de la administración de la misma.
  • Los ingresos anuales de la sociedad, en ningún caso podrán ser superiores a cinco millones de pesos, monto que será actualizado año con año y el factor de actualización deberá ser consultado a principios de cada año en el Diario Oficial de la Federación. En el escenario de que la sociedad supere esta cantidad, la sociedad por acciones simplificada deberá cambiar su régimen societario, o de lo contrario, los accionistas deberán responder frente a terceros de forma subsidiaria, solidaria e ilimitadamente.

Constitución de la Sociedad por Acciones Simplificada.

Para constituir esta sociedad es necesario que los accionistas externen su consentimiento y que consulten el sistema electrónico de la Secretaría de Economía. Previamente deberán contar con el uso de denominación, cuya autorización también es emitida por dicha Secretaría. Aunado a esto, todos los accionistas deberán contar con firma electrónica avanzada.

Como puedes darte cuenta, constituir esta sociedad no requiere gran número de requisitos ni formalidades, incluso te permite no contar con escritura pública por lo que no tendrás la necesidad de invertir en notario público y sólo tardarás un día en concluir la constitución, y como comprobante de ello se expedirá un folio de constitución y el documento que lo acredita.

 

Magnolia Blanco Quiroz


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Magnolia Blanco

Abogada egresada de la UNAM. Experiencia en derecho laboral, corporativo y propiedad intelectual.